º . Modifícase el artículo 38 del Decreto 1530 de 2008, el cual quedará así: " Artículo 38. Vigencia y derogatorias. El presente decreto entra a regir el primero (1º) de septiembre de 2008, previa su publicación, y deroga los artículos 277, 282, 285, 286, 287, 288, 327, el numeral 3.5 del artículo 483 y el numeral 2.2.2 del artículo 497 del Decreto 2685 de 1999".
Decreto 2354 de 2008 →Vigente
Artículo 9
Decreto 2354 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1530 de 2008 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.