Micelio

Artículo 3

Ley 2151 de 2021 · Por medio de la cual se exalta y rinde homenaje a la memoria del Presidente de la República Marco Fidel Suárez al cumplirse el primer centenario de su gobierno y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Cultura, en coordinación con la Alcaldía del municipio de Bello, Antioquia, dará aplicación al procedimiento previsto en el artículo 8º de la Ley 397 de 1997, y demás normas que lo desarrollen, con el fin de identificar y declarar como bien de interés cultural el centro histórico de dicho municipio, y formular el respectivo Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP).

El Ministerio de Cultura informará a las Comisiones Segundas Constitucionales Permanentes del Congreso de la República el avance de estas acciones, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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