Autorizase a los municipios de Sincelejo y de Montería (Departamento de Bolívar), para organizar y efectuar conjuntamente un sorteo extraordinario lotería en el segundo semestre de 1947, sin sujeción a las leyes 64 de 1923, 12 de 1932 y 133 de 1936, y exento de todo impuesto nacional, Departamental o municipal, hasta por la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000.00), quedando entendido que la venta de billetes de esta lotería Sera absolutamente libre en todo el territorio de la Republica.
Ley 74 de 1944 →Modificado
Artículo 1
Ley 74 de 1944 · Por la cual se autoriza a los Municipios de Sincelejo y Montería para verificar un sorteo extraordinario de lotería
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.