Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el Capítulo 45 al Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, que compila las normas del Sistema General de Pensiones.
Artículo 2
Vigencia
Decreto 1627 de 2021 · Por el cual se adiciona el Capítulo 45 al Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 del 10 de noviembre de 2016 en relación con las reglas para la asunción de la función pensional del liquidado Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (Inderena), por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGP) y el pago a través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep).
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.