Micelio

Artículo 5

Formación De Formadores

Ley 2555 de 2025 · por medio de la cual se establecen medidas para la implementación de herramientas pedagógicas de las artes y la cultura y de la transdisciplinariedad en los establecimientos educativos para fortalecer las competencias y los procesos de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes y se dictan otras disposiciones – “artes al aula”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorícese al Gobierno nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional y el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, a incluir dentro de la Política Pública mencionada en el artículo anterior las disposiciones para el diseño de planes educativos para la formación de docentes en herramientas pedagógicas de las artes y la cultura y a realizar las disposiciones presupuestales necesarias para tal fin, conforme a la disponibilidad fiscal y en armonía con el Marco Fiscal y de Gasto de Mediano Plazo.

Parágrafo 1

. Las entidades territoriales, en ejercicio de su autonomía, adaptarán los planes educativos para la formación de docentes, según lo establecido en sus Planes Territoriales de Formación de Docentes (PTFD), de acuerdo con las características de su población, los niveles educativos y la cobertura institucional.

Parágrafo 2

. Para garantizar la equidad en el acceso a la formación docente, las entidades territoriales deberán priorizar a las instituciones ubicadas en zonas rurales, rurales dispersas o de difícil acceso, donde las brechas en cobertura de educación artística y cultural son más profundas. El Ministerio de Educación Nacional definirá criterios técnicos para dicha priorización con base en datos oficiales sobre cobertura, calidad educativa y necesidades regionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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