Micelio

Artículo 1

Decreto 2909 de 2001 · por el cual se establece el auxilio de transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Fijar, a partir del primero (1º) de enero del año dos mil dos (2002) el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal vigente, en la suma de treinta y cuatro mil pesos ($34.000.00) moneda corriente mensuales; el cual se pagará en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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