Micelio

Artículo 6

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Diciembre

Ley 104 de 1890 · Por la cual se dictan algunas medidas higiénicas de utilidad pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde a las Juntas de Higiene determinar el punto en donde deban construirse los Lazaretos, dando los planos y reglamentando su organización y servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 104 de 1890