Micelio

Artículo 37

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las pruebas objetivas serán elaboradas, aplicadas y calificadas por la unidad responsable del proceso de selección de la Escuela Judicial, con la asesoría del Departamento Administrativo del Servicio Civil, cuando se considere necesario. Las pruebas objetivas persiguen apreciar las aptitudes y conocimientos generales y específicos requeridos para desempeñar un empleo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2400 de 1986