Micelio

Artículo 1

Vigencia De Las Juntas De Calificación De Invalidez

Decreto 303 de 1995 · por el cual se determina la vigencia de las Juntas de Calificación de Invalidez.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Vigencia de las Juntas de Calificación de Invalidez . Para los electos de los artículos 41, 42, 43, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1993, y la aplicación del Decreto 1346 de 1994, las Juntas de Calificación de Invalidez entrarán en ejercicio de sus funciones el día 1 de abril de 1995.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 303 de 1995