Micelio

Artículo 8

º Información Sobre Bonos Recibidos

Decreto 1726 de 1994 · por el cual se reglamenta el Decretoley 1299 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Información sobre bonos recibidos. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto-ley número 1299 de 1994, las entidades administradoras de fondos de pensiones deberán informar trimestralmente a la Superintendencia Bancaria sobre los emisores y contribuyentes de los bonos pensionales que reciba, señalando el valor de los bonos y el de las cuotas partes correspondientes. La superintendencia Bancaria a su vez deberá suministrar dicha información a la entidad que ejerza el control y vigilancia sobre los respectivos emisores y contribuyentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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