Micelio

Artículo 5

El Superintendente De Notariado Y Registro Tendrá Voz Pero No Voto En Las Deliberaciones De La Junta De La Superintendencia Y Será El Encargado De Convocarla A Sesiones Ordinarias O Extraordinarias

Decreto 1347 de 1970 · Por el cual se organiza la Superintendencia de Notariado y Registro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Superintendente de Notariado y Registro tendrá voz pero no voto en las deliberaciones de la Junta de la Superintendencia y será el encargado de convocarla a sesiones ordinarias o extraordinarias. Junta de la Superintendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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