Para efecto de los escrutinios, en cualquier votación será computable todo voto atendiendo primordialmente la voluntad del elector, siempre y cuando se desprenda inequívocamente de él la intención de sufragar por un candidato debidamente inscrito. Los errores de buena fe en la elaboración de la papeleta no podrán anular el voto.
Ley 23 de 1977 →Inexequible
Artículo 36
Ley 23 de 1977 · Por la cual se reforma el sistema electoralDeclarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.