Micelio

Artículo 3

º La Asignación Mensual De Los Agregados Para Asuntos Turísticos Será Hasta Seis Mil Dólares (Us$ 6

Decreto 1857 de 1992 · por el cual se modifica el Decreto 1803 de 1991 y se dictan otras disposiciones..

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La asignación mensual de los agregados para asuntos turísticos será hasta seis mil dólares (US$ 6.000) de los Estados Unidos de América, y tendrán, solamente para el ejercicio de sus funciones, una categoría equivalente a los Funcionarios Diplomáticos de Grado ocupacional 4 EX, sin ninguna vinculación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1857 de 1992