El precio de costo de las viviendas para obreros no será mayor de seiscientos pesos ($ 600.00) cada una, y se adjudicaran a familias pobres, sin casa ni bienes rurales o urbanos, vecinas de Túquerres y que hayan residido permanentemente en la ciudad desde el tiempo de los siniestros. Sobre estas bases, reglamentara el Gobierno la adjudicación.
Ley 8 de 1942 →Vigente
Artículo 4
Ley 8 de 1942 · Por la cual se rinde homenaje a la ciudad de Túquerres en su IV centenario, y se adiciona el plan de la reconstrucción
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.