°. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para importación de los productos clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90.
Decreto 1796 de 2020 →Vigente
Artículo 1
Establecer Un Gravamen Arancelario Del Cero Por Ciento (0%) Para Importación De Los Productos Clasificados Por La Subpartida Arancelaria 8711
Decreto 1796 de 2020 · por el cual se modifica parcialmente el Arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.