Micelio

Artículo Preliminar

Ley 100 de 1892 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo preliminar. El Código Judicial regula las siguientes materias: organización judicial, enjuiciamiento en negocios civiles y enjuiciamiento en negocios criminales.

Estas materias se distribuyen en tres Libros, en esta forma: organización y división territorial judiciales, corresponden principalmente al Libro primero, enjuiciamiento civil, al Libro segundo, y enjuiciamiento en asuntos criminales, al Libro tercero.

En consecuencia hacer parte de los Libros citados, respectivamente las leyes sobre esas materias y las que en adelante se promulguen.

ORGANIZACION JUDICIAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 100 de 1892