Micelio

Artículo 12

Los Inspectores De Educación Normalista Podrán Viajar Individualmente Según Itinerario Que Les Señale El Director Del Departamento Respectivo Y Tendrán Como Misión La Inspección De La Parte Técnico Pedagógica De Todos Los Institutos De Educación Normalista Oficiales Y Privados

Decreto 642 de 1949 · Por el cual se reglamenta la Inspección Escolar en todos los grados de enseñanza

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Inspectores de Educación Normalista podrán viajar individualmente según itinerario que les señale el Director del Departamento respectivo y tendrán como misión la inspección de la parte técnico pedagógica de todos los institutos de Educación Normalista oficiales y privados. Artículo 13. Los Inspectores de Educación técnica estarán distribuidos de la siguiente manera: 2 Expertos en enseñanza comercial. 2 Expertos en enseñanza industrial. 3 Expertos en educación agrícola.

Parágrafo

Estos Inspectores viajarán individualmente o en grupo, según itinerario que les señale el Director de Departamento respectivo y su misión será visitar todas las escuelas industriales, agrícolas y de carácter técnico, oficiales y privadas que existan en el país. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 642 de 1949