Micelio

Artículo 8

º

Decreto 829 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 3° del Decreto 133 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El reconocimiento de personería jurídica debe solicitarse al Ministerio mediante escrito del Presidente provisional de la asociación, a la cual se acompañará

1.

Copia autenticada del acta de la asamblea de constitución y elección de dignatarios provisionales.

2.

Copia autenticada de los estatutos y constancia de su aprobación por la asamblea de asociados.

3.

Relación de asociados con indicación de su domicilio y documento de identidad o estatuto jurídico de que derivan su existencia, si se trata de personas jurídicas. Todos estos documentos deben estar suscritos por el Presidente y Secretario de la asociación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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