° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el período económico de 1916, que debe terminar el ú l t i m o de febrero de 1917, con la cantidad de dos millones novecientos ocho mil trescientos diez y seis pesos ochenta y seis centavos ($ 2.908,316-86), asi: Ministerio de Gobierno $ 945,886 19 Ministerio de Relaciones Exteriores 50,750 91 Ministerio de Hacienda 260,042 44 Ministerio de Guerra .507,996 23 Ministerio de Instrucción Pública 220,571 29 Ministerio de Agricultura y Comercio 18785 13 Ministerio de Obras Públicas 208,922 82 Ministerio del Tesoro 695,381,85 Total $ 2.908,316 86
Decreto 1960 de 1916 →Vigente
Artículo 2
Adiciónase La Liquidación General Del Presupuesto Nacional De Gastos Para El Período Económico De 1916, Que Debe Terminar El Ú L T I M O De Febrero De 1917, Con La Cantidad De Dos Millones Novecientos Ocho Mil Trescientos Diez Y Seis Pesos Ochenta Y Seis Centavos ($ 2
Decreto 1960 de 1916 · Sobre liquidación adicional a los Presupuestos Nacionales de rentas y gastos para la vigencia económica de 1916
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.