Obligación Especial. Por virtud del principio de unidad e integralidad, los funcionarios especializados a que se refiere el artículo precedente, deberán atender las instrucciones, políticas y criterios orientadores que señale el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio respectivo según el caso. Dichas políticas se coordinarán entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el respectivo Ministerio y de ellas se mantendrá informado al Jefe de Misión respectivo, para mantener la adecuada coordinación de los funcionarios del servicio exterior.
Decreto 1181 de 1999 →Inexequible
Artículo 84
Decreto 1181 de 1999 · por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.