Micelio

Artículo 10

La Representación De Los Funcionarios Indicados En Los Literales B), C), D), E) Y F), Del Artículo Interior Y Del Gerente De La Federación Nacional De Ganaderos Y Del Inderena, En La Junta Directiva Del Instituto, Es Indelegable

Decreto 715 de 1969 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto de Mercadeo Agropecuario-IDEMA

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La representación de los funcionarios indicados en los literales b), c), d), e) y f), del Artículo interior y del Gerente de la Federación Nacional de Ganaderos y del INDERENA, en la Junta Directiva del Instituto, es indelegable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 715 de 1969