Micelio

Artículo 4

Ley 45 de 1942 · Por la cual se suprimen unos impuestos, se aumentan las tarifas de otros, y se provee a la forma de obtener recursos extraordinarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los bonos de la Defensa Económica Nacional serán aceptados a la. par en toda clase de cauciones a favor de los Gobiernos Nacional, Departamental, Intendencial, Comisarial o Municipal.

Los bonos sorteados y los cupones vencidos, que por cualquier circunstancia no, hayan sido pagados oportunamente, serán recibidos por el Gobierno, a la par, en pago de impuestos y contribuciones nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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