Artículo tercero. A partir del 16 de junio del corriente año, fusiónanse los servicios de Correos y Telégrafos en Abrego (Norte de Santander), los que estarán a cargo de un Telegrafista Administrador, con la asignación mensual de $ 126, señalada por Decreto 148 de 1947 (enero 22).
Decreto 1936 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1936 de 1947 · Por el cual se hacen unas modificaciones en la nómina del personal dependiente del Ministerio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.