Micelio

Artículo 131

Decreto 2200 de 1987 · por el cual se regula el Régimen Especial de Administración de Personal y de Carrera Administrativa para los empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El superior inmediato o funcionario competente que haya sido informado de hechos o actos que puedan ser constitutivos de falta disciplinaria en que hayan tomado parte empleados de distintas entidades, informará por escrito a los jefes de las mismas, a fin de que éstos inicien el respectivo proceso disciplinario suministrándoles los datos y copia de los documentos relacionados con la falta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1987