° Es entendido que este Decreto no modificá en manera alguna los contratos celebrados entre el Municipio de Popayán y el Banco Central Hipotecario, de que se ha hecho mención. En consecuencia, el Municipio continuará dándoles cumplimiento a tales contratos, pues lo que se establece por el presente Decreto es únicamente el reintegro al Municipio de las sumas que erogue por el servicio de las deudas pendientes. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1225 de 1940 →Vigente
Artículo 4
Es Entendido Que Este Decreto No Modificá En Manera Alguna Los Contratos Celebrados Entre El Municipio De Popayán Y El Banco Central Hipotecario, De Que Se Ha Hecho Mención
Decreto 1225 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 49 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.