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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Relaciones Exteriores Capítulo 23

Decreto 2029 de 1947 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 23. Del artículo 238. Para gastos de representación del personal consular, en el año 73..812.38 Suman los contracréditos 73.812.38 Capítulo21. Al artículo 223. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año 51.650.00 Al artículo 225. Para jornales del servicio de aseo y otras necesidades de las dependencias del Ministerio, en el año 918.75 Al artículo 230. Para gastos reservados, extraordinarios e imprevistos del Ministerio, e indemnizaciones por vacaciones no concedidas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, en el año 21.243.63 Suman los créditos 73.812.38

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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