Micelio

Artículo 56

Si El Interesado No Desea Qué Se Lleve A Efecto Otra Almoneda Y Prefiere Que Las Mercancías Sigan En Los Almacenes De La Zona, Deberá Cubrir Totas Las Sumas Que Adeude Y Los Gastos Originados Con Motivo De La Almoneda Que Se Efectuó, Y Los Que Se Ocasionen Por El Acarreo De La Mercancía Al Local Que Se Convenga

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el interesado no desea qué se lleve a efecto otra almoneda y prefiere que las mercancías sigan en los almacenes de la Zona, deberá cubrir totas las sumas que adeude y los gastos originados con motivo de la almoneda que se efectuó, y los que se ocasionen por el acarreo de la mercancía al local que se convenga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2411 de 1975