Micelio

Artículo 73

Son Deberes Y Funciones Del Agrónomo Las Siguientes: A) La Dirección Técnica De Los Trabajos Agrícolas Y La Vigilancia Inmediata De Los Mismos; B) La Programación De Los Cultivos Y Adecuada Explotación De Las Tierras, C) La Enseñanza A Los Condenados De Los Cultivos Agrícolas Por Los Métodos Más Adecuados Y Científicos A Este Respecto Se Referiría, Si El Clima Lo Permite, El Cultivo Del Café O De Cualquier Otro Producto Que Determine La Sección De Fomento Industrial Y Agropecuario D) La Elaboración De Acuerdo Con El Director, Del Reglamento Para La Distribución Del Trabajo; E) Procurar Que Los Trabajos Agrícolas Tengan El Mejor Rendimiento Y Que Los Condenados Se Dediquen A Ellos Con El Mayor Entusiasmo Y Estimulo; F) Presentar Semestralmente Al Director Un Informe Sobre La Marcha De Los Trabajos Agrícolas, Los Métodos Empleados Las Experiencias Que Se Hayan Hecho En Los Cultivos, Los Resultados Obtenidos Y Las Reformas O Providencias Que Haya Necesidad De Adoptar Para La Mejor Administración

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes y funciones del Agrónomo las siguientes

a)

La dirección técnica de los trabajos agrícolas y la vigilancia inmediata de los mismos;

b)

La programación de los cultivos y adecuada explotación de las tierras,

c)

La enseñanza a los condenados de los cultivos agrícolas por los métodos más adecuados y científicos a este respecto se referiría, si el clima lo permite, el cultivo del café o de cualquier otro producto que determine la sección de fomento industrial y agropecuario

d)

La elaboración de acuerdo con el Director, del reglamento para la distribución del trabajo;

e)

Procurar que los trabajos agrícolas tengan el mejor rendimiento y que los condenados se dediquen a ellos con el mayor entusiasmo y estimulo;

f)

Presentar semestralmente al Director un informe sobre la marcha de los trabajos agrícolas, los métodos empleados las experiencias que se hayan hecho en los cultivos, los resultados obtenidos y las reformas o providencias que haya necesidad de adoptar para la mejor administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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