AR TICULO 369. Planta de personal. La planta de personal será la siguiente:
MESA DIRECTIVA
Presidencia.
1.1.1. Oficina de Protocolo
1.1.2. Oficina de Información y Prensa.
1.1.3 Oficina Coordinadora del Control Interno
Primera Vicepresidencia
Segunda Vicepresidencia
SECRETARIA GENERAL
Subsecretaría General
Sección de Leyes.
Sección de Relatoría
Sección de Grabación
Unidad de Gaceta del Congreso
Comisiones Constitucionales y Legales.
2.6.1. Comisión Primera.
2.6.2 Comisión Segunda.
2.6.3. Comisión Tercera.
2.6.4 Comisión Cuarta.
2.6.5. Comisión Quinta.
2.6.6. Comisión Sexta.
2.6.7. Comisión Séptima:
2.6.8. Comisiones Instructora y Especiales.
2.6.9 Com isión de Etica y Estatuto del Congresista:
2.6.10 Comisión de Derechos Humanos y Audiencias
2.6.11 Comisiones Adscritas a Organismos Nacionales e Internacionales
2.6.12 Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial (Senado de la República).
2.6.13 Comisión Legal para la Equidad de la Mujer
1 Coordinador(a) de la Comisión 012
1 Secretaria Ejecutiva 05
2.6.13 Comisión Legal de Seguimiento a las actividades de Inteligencia y Contrainteligencia.
El grado y la remuneración de cada funcionario será el mismo que el de los funcionarios del mismo cargo en las Comisiones Constitucionales.
En todo caso, el Secretario de Comisión, previa solicitud a la dirección administrativa de Senado o Cámara, según sea el caso, adecuará el personal necesario para el correcto funcionamiento de la Comisión únicamente con personal de planta.
2.6.14. Comisión Legal para la Protección de los Derechos de las Comunidades Negras o Población Afrocolombiana.
Coordinador(a) de la Comisión (12)
1 Secretario(a) Ejecutivo(a) (5)
2.6.15 Comisión Legal para la Protección Integral de la Infancia y Adolescencia.
Los requisitos para ocupar el cargo, funciones y remuneración de cada funcionario, serán los mismos que los de los funcionarios del mismo cargo en las Comisiones Constitucionales de ambas cámaras. Para el caso del coordinador (a) de la comisión se tendrá en cuenta lo contemplado en el parágrafo del artículo 9° de la presente ley.
DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA
División Jurídica
División de Planeación y Sistemas
División de Recursos Humanos
3.3.1 Sección de Registros y Control
3.3.2 Sección de Selección y Capacitación
3.3.3 Sección de Bienestar y Urgencia Médica
División Financiera y Presupuesto
3.4.1 Sección de Contabilidad
3.4.2 Sección de Pagaduría
3.4.3 Sección de Presupuesto
División de Bienes y Servicios
3.5.1 Unidad de Correspondencia
3.5.2 Unidad de Archivo Administrativo
3.5.3 Unidad de Fotocopiado
3.5.4 Sección de Suministros
3.5.5 Unidad de Almacén