Micelio

Artículo 369

Ley 5 de 1992 · Por la cual se expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

AR TICULO 369. Planta de personal. La planta de personal será la siguiente:

1.

MESA DIRECTIVA

Presidencia.

1.1.1. Oficina de Protocolo

1.1.2. Oficina de Información y Prensa.

1.1.3 Oficina Coordinadora del Control Interno

Primera Vicepresidencia

Segunda Vicepresidencia

2.

SECRETARIA GENERAL

Subsecretaría General

Sección de Leyes.

Sección de Relatoría

Sección de Grabación

Unidad de Gaceta del Congreso

Comisiones Constitucionales y Legales.

2.6.1. Comisión Primera.

2.6.2 Comisión Segunda.

2.6.3. Comisión Tercera.

2.6.4 Comisión Cuarta.

2.6.5. Comisión Quinta.

2.6.6. Comisión Sexta.

2.6.7. Comisión Séptima:

2.6.8. Comisiones Instructora y Especiales.

2.6.9 Com isión de Etica y Estatuto del Congresista:

2.6.10 Comisión de Derechos Humanos y Audiencias

2.6.11 Comisiones Adscritas a Organismos Nacionales e Internacionales

2.6.12 Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial (Senado de la República).

2.6.13 Comisión Legal para la Equidad de la Mujer

1 Coordinador(a) de la Comisión 012

1 Secretaria Ejecutiva 05

2.6.13 Comisión Legal de Seguimiento a las actividades de Inteligencia y Contrainteligencia.

El grado y la remuneración de cada funcionario será el mismo que el de los funcionarios del mismo cargo en las Comisiones Constitucionales.

Parágrafo

En todo caso, el Secretario de Comisión, previa solicitud a la dirección administrativa de Senado o Cámara, según sea el caso, adecuará el personal necesario para el correcto funcionamiento de la Comisión únicamente con personal de planta.

2.6.14. Comisión Legal para la Protección de los Derechos de las Comunidades Negras o Población Afrocolombiana.

1.

Coordinador(a) de la Comisión (12)

1 Secretario(a) Ejecutivo(a) (5)

2.6.15 Comisión Legal para la Protección Integral de la Infancia y Adolescencia.

Parágrafo

Los requisitos para ocupar el cargo, funciones y remuneración de cada funcionario, serán los mismos que los de los funcionarios del mismo cargo en las Comisiones Constitucionales de ambas cámaras. Para el caso del coordinador (a) de la comisión se tendrá en cuenta lo contemplado en el parágrafo del artículo 9° de la presente ley.

3.

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

División Jurídica

División de Planeación y Sistemas

División de Recursos Humanos

3.3.1 Sección de Registros y Control

3.3.2 Sección de Selección y Capacitación

3.3.3 Sección de Bienestar y Urgencia Médica

División Financiera y Presupuesto

3.4.1 Sección de Contabilidad

3.4.2 Sección de Pagaduría

3.4.3 Sección de Presupuesto

División de Bienes y Servicios

3.5.1 Unidad de Correspondencia

3.5.2 Unidad de Archivo Administrativo

3.5.3 Unidad de Fotocopiado

3.5.4 Sección de Suministros

3.5.5 Unidad de Almacén

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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