Micelio

Artículo 216

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Criterios para la apreciación del testimonio. Para apreciar el testimonio y determinar su mérito probatorio, el funcionario tendrá en cuenta los principios de la crítica testimonial y especialmente lo relativo a la naturaleza del objeto percibido, al estado de sanidad del sentir o senti dos por los cuales se tuvo la percepción, a las circunstancias de lugar, tiempo y modo en que se percibió a la personalidad del declarante; a la forma como hubiere declarado y a las singularidades que puedan observarse en el testimonio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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