Micelio

Artículo 12

Son Funciones De La Sección De Informaciones: A) Informar Al Jefe De La División Sobre El Desarrollo Y Cumplimiento De Las Órdenes Impartidas Al Personal; B) Organizar, Reglamentar Y Dirigir El Servicio De Informaciones Para El Desarrollo De Las Operaciones De Prevención, Persecución Y Aprehensión Del Contrabando; C) Organizar Y Dirigir La Acción Informativa De Las Capitanías De Puerto Y Comandos De Resguardo, Tendientes A Precisar Los Métodos Y Sus Distintas Modalidades Que Emplean Los Contrabandistas Para La Introducción, Transporte Y Comercio De Mercancías De Contrabando

Decreto 3297 de 1963 · Por el cual se reorganiza la División de Aduanas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Informaciones

a)

Informar al Jefe de la División sobre el desarrollo y cumplimiento de las órdenes impartidas al personal;

b)

Organizar, reglamentar y dirigir el servicio de informaciones para el desarrollo de las operaciones de prevención, persecución y aprehensión del contrabando;

c)

Organizar y dirigir la acción informativa de las Capitanías de Puerto y Comandos de Resguardo, tendientes a precisar los métodos y sus distintas modalidades que emplean los contrabandistas para la introducción, transporte y comercio de mercancías de contrabando. Los resultados que se obtengan serán tramitados tanto a la Sección de Operaciones como a la División de Investigaciones Especiales;

d)

Controlar al personal del Resguardo en el desarrollo de las operaciones de prevención, persecución y aprehensión del contrabando;

e)

Organizar en cada uno de los Comandos de Resguardo kárdex de sindicados o sospechosos de ejercer actividades de contrabando;

f)

Organizar y dirigir el servicio de contra-inteligencia en los diferentes Resguardos del país, utilizando el personal de los mismos que la Jefatura de la División designe;

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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