Micelio

Artículo 1

Corresponde A La Subsecretaría De Asuntos Consulares Y Migración Del Ministerio De Relaciones Exteriores Expedir Exclusivamente, De Conformidad Con Las Normas De Este Decreto, Los Pasaportes Diplomáticos Y Oficiales A Los Colombianos Que Llenen Los Requisitos Legales Para Portarlos

Decreto 485 de 1992 · por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes diplomáticos y oficiales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Corresponde a la Subsecretaría de Asuntos Consulares y Migración del Ministerio de Relaciones Exteriores expedir exclusivamente, de conformidad con las normas de este Decreto, los pasaportes diplomáticos y oficiales a los colombianos que llenen los requisitos legales para portarlos. CAPITULO I Pasaporte diplomático.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 485 de 1992