Micelio

Artículo 2.2.5.9.1.2

Alcance Del Sistema Nacional De Búsqueda

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Alcance del Sistema Nacional de Búsqueda. El Sistema Nacional de Búsqueda es el conjunto de normas, políticas, programas, proyectos, reglamentos, protocolos, recursos, planes, estrategias, instrumentos, mecanismos de articulación y seguimiento, y de los diferentes actores públicos, privados y sociales, orientado a materializar la articulación, coordinación y cooperación entre las diferentes ramas del poder público, instancias de articulación en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario y niveles de gobierno, para implementar el Plan Nacional de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas y formular una política pública integral en la materia. El Sistema Nacional de Búsqueda está liderado por la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en coordinación con el Ministerio de Justicia y del Derecho. El Sistema tendrá en cuenta las herramientas y avances adelantados por estas entidades e instancias como la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, para la formulación, implementación y seguimiento de la política pública integral de atención, prevención, búsqueda, identificación, reencuentro o entrega digna de cuerpos de personas dadas por desaparecidas en razón y en contexto del conflicto armado, incluyendo las víctimas de desaparición forzada y las desapariciones ocurridas en las zonas de frontera del territorio nacional (en adelante la Política Pública Integral), así como para la implementación y seguimiento del Plan Nacional de Búsqueda de personas dadas por desaparecidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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