Artículo octavo. El Ministerio de Relaciones Exteriores publicará oportunamente la lista que elabore con el valor del depósito inmigratorio país por país, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2° del presente Decreto.
Decreto 324 de 1973 →Vigente
Artículo 8
Del Presente Decreto
Decreto 324 de 1973 · Por el cual se establece la equivalencia del depósito inmigratorio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.