Dirección de Desarrollo Rural. La Dirección de Desarrollo Rural coordinará a nivel institucional e interinstitucional la política de desarrollo rural y para tales efectos cumplirá las siguientes funciones
Asistir al Viceministro en la coordinación de programas de organización y capacitación campesina, que propicien una mayor participación de las comunidades rurales en los mismos niveles de decisión.
Coordinar con los Ministerios, el desarrollo de la infraestructura y los servicios sociales básicos en el Sector Rural tales como: educación, salud, vivienda, seguridad social y empleo.
Apoyar a las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio, así como a las territoriales, en la promoción de la participación de las comunidades rurales en las instancias de decisión del nivel municipal, departamental y nacional para la identificación, formulación y selección de planes, programas y proyectos de desarrollo rural, así como para la asignación de recursos en la ejecución de los mismos.
Participar en la formulación de la política social que involucre la infraestructura y los servicios sociales complementarios del desarrollo integral de las comunidades rurales.
Actuar como interlocutor del Ministerio ante organizaciones rurales y campesinas para la formulación de planes y programas de desarrollo social con las comunidades.
Velar por el cumplimiento de las políticas sociales en el sector rural, en los programas de inversión pública que adelanten las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio.
Promover los programas a su cargo, buscando potenciar los recursos, mediante alianzas o esquemas de cooperación entre el Estado, la comunidad y el sector privado.
Presentar a consideración del Viceministro, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia en el año inmediatamente siguiente.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.