Micelio

Artículo 5

Requisitos

Decreto 932 de 2014 · por el cual se crea la Medalla Militar “FE EN LA CAUSA” del Comando General de las Fuerzas Militares y se adiciona el Decreto 4444 del 29 de noviembre de 2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Requisitos . Además de los requisitos establecidos en el artículo 9° del Decreto número 4444 del 29 de noviembre de 2010, se tendrán en cuenta para cada categoría los siguientes, para su otorgamiento, así: En la Categoría Extraordinaria. Para Oficiales

1.

Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece.

2.

Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos.

3.

Debe haber liderado, planeado, dirigido o ejecutado episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional.

4.

Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicación al trabajo y excelente desempeño en beneficio de las Fuerzas o unidad. Para Suboficiales. 1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece. 2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos. 3. Debe haber participado en episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional. 4. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicación al trabajo y excelente desempeño en beneficio de las Fuerzas o unidad. Para Soldados e Infantes de Marina . 1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece. 2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos. 3. Debe haber participado en episodios que hayan restituido la libertad, la democracia y la paz de una región en territorio nacional. 4. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicación al trabajo y excelente desempeño en beneficio de las Fuerzas o unidad. Para el personal civil perteneciente a las Fuerzas Militares y al Comando General, personal no uniformado de la Policía Nacional, empleados públicos que conforman el Sector Defensa. 1. Diligenciar en el formato de solicitud los apellidos, nombres, grado, número de cédula y el arma a la cual pertenece. 2. Debe haber sido protagonista en el respeto por los Derechos Humanos. 3. Haberse destacado en forma sobresaliente por sus servicios al Comando General o a la unidad que pertenezca, por su conducta, dedicación al trabajo y excelente desempeño en beneficio de las Fuerzas o unidad. Para Dignatarios, Instituciones de Derecho Público o Privadas. 1. Que hayan prestado servicios eminentes a las Fuerzas Militares. 2. Que reúnan condiciones morales, éticas, profesionales y personales ejemplares. 3. Que por su posición y méritos se hayan hecho acreedores a esta categoría.

Parágrafo

Para el otorgamiento al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados e Infantes de Marina, podrán cumplir con cualquiera de los dos (2) requisitos establecidos en los numerales 3 y 4, correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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