Art. 2.° Prorrógase por treinta días más la licencia concedida al Sr. Pedro P. Mejía para separarse del puesto de Jefe de la Oficina telegráfica de Manizales, y desígnase al Sr. Adriano Vargas para que continúe encargado de dicho puesto, durante este término, en su carácter de Subjefe de la misma Oficina. Comuníquese y publíquese.
Decreto 141 de 1904 →Vigente
Artículo 2
Decreto 141 de 1904 · Por el cual se nombra un Ayudante de la Oficina Postal y telegráfica de La Mesa y se prorroga una licencia en el Ramo telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.