Micelio

Artículo 23

Modificar El Artículo 2

Decreto 1760 de 2019 · por medio del cual se modifican y adicionan las disposiciones relacionadas con la administración de los bienes del Frisco de las que trata el Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificar el artículo 2.5.5.7.2. del Capítulo 7 del Título 5 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.5.5.7.2. Procedencia de la destrucción de sustancias controladas . Si no fuere posible la enajenación, donación y/o exportación de sustancias químicas controladas, el Administrador del FRISCO podrá destruirlas, una vez autorizado por el Comité de que trata el artículo 93 de la Ley 1708 de 2014, modificado por el artículo 24 de la Ley 1849 de 2017 y el artículo 98 de la Ley 1708 de 2014.

Parágrafo 1

El Administrador del FRISCO deberá dejar un archivo fotográfico y fílmico de las sustancias químicas controladas objeto de destrucción que evidencie las razones por las que ordenó la medida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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