Micelio

Artículo 1

Decreto 3019 de 1955 · Por el cual se destina una suma para el Fondo de Refugiados de las Naciones Unidas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Destinase la suma de diez mil dólares (US $ 10.000.00), como contribución de Colombia al Fondo de Refugiados de las Naciones Unidas.

Parágrafo

Dicha suma se pagará con cargo directo al presupuesto actual del Ministerio de Relaciones Exteriores, haciendo para ello los traslados del caso, si fuere necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3019 de 1955