El Gobierno conservará a los Oficiales de la Armada Nacional dentro del correspondiente Escalafón de actividad o de reserva, a fin de que los ascensos y llamamientos al servicio activo se hagan teniendo en cuenta su antigüedad y demás requisitos exigidos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.