Art. 1.° Señálanse los siguientes sueldos para los empleados y Catedráticos del referido Colegio: El Rector, sesenta pesos oro $ 60 El Vicerrector, cuarenta pesos 40 El Prefecto-Secretario, treinta pesos 30 Cada uno de los Pasantes, quince pesos 15 Cada uno de los Catedráticos, ocho pesos por clase 8 El Portero, diez pesos 10
Decreto 277 de 1904 →Vigente
Artículo 1
Decreto 277 de 1904 · Por el cual se asignan sueldos a los empleados y catedráticos del Colegio San Luis Gonzaga, de Zipaquirá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.