º. El artículo 50 del Decreto 354 de 1994, quedará así: Artículo 50 . Listas . Para todos los efectos, establécense las siguientes listas de clasificación
Lista número uno
Lista número dos
Lista número tres
Para efectos de asignación de lista de clasificación para ascenso, se establecen las siguientes equivalencias, respecto a las listas establecidas en el Decreto 58 de 1989: Lista especial y lista uno a lista uno Lista dos y lista tres a lista dos Lista cuatro y lista cinco a lista tres