Micelio

Artículo 1

Ley 17 de 1927 · Sobre fomento de la Intendencia de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno comprara dos barcos motoveleros en las mejores condiciones posibles, para destinarlos a la comunicación del litoral atlántico con el Archipiélago de San Andrés y Providencia. Tales barcos harán el servicio de correos entre el puerto de Cartagena y el de San Andrés, y podrán destinarse al comercio de cabotaje entre los mismos puertos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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