Micelio

Artículo 11

Dirección De Tecnologías De La Información

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Dirección de Tecnologías de la Información, las siguientes

1.

Dirigir el proceso de tecnologías de la información del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de acuerdo con las necesidades de operación y los lineamientos del Ministerio de las TIC.

2.

Dirigir el diseño, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación del Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI).

3.

Liderar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas de información y servicios digitales del Instituto en virtud de lo establecido Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información.

4.

Administrar y soportar la infraestructura tecnológica del Instituto, incluyendo la plataforma de seguridad, redes y comunicaciones.

5.

Definir, implementar y mantener la arquitectura empresarial del Instituto en sus componentes tecnológicos, en virtud de las definiciones y lineamientos del marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información del Estado.

6.

Diseñar e implementar proyectos y servicios de innovación tecnológica para la gestión del Instituto.

7.

Planificar, implementar y gestionar los controles técnicos y operativos que aseguren el cumplimiento de las políticas y estrategias de seguridad de la información digital y ciberseguridad.

8.

Impartir los lineamientos para la gestión de tecnologías de la información para las Direcciones Regionales y realizar seguimiento sobre su cumplimiento.

9.

Administrar el plan de recuperación de desastres (DRP) para asegurar la respuesta a incidentes tecnológicos que impacten los servicios críticos del Instituto.

10.

Diseñar e implementar lineamientos de seguridad digital, ciberseguridad y tecnología, desarrollando planes de contingencia tecnológica y supervisando su aplicación.

11.

Estructurar, evaluar y responder técnicamente por los procesos de adquisición de bienes y servicios para el proceso de tecnología del Instituto.

12.

Liderar la gestión, seguimiento y control de la ejecución de recursos financieros asociados al portafolio de proyectos y servicios definidos en el Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI).

13.

Realizar actividades para promover el uso y apropiación de tecnologías de la información de acuerdo con los lineamientos y necesidades de la entidad.

14.

Liderar, ejecutar y realizar seguimiento a las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que le sean asignadas a la dependencia.

15.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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