º. Para los efectos del artículo anterior, por producción en 1947 se entenderá el producto de las minas o grupos de minas de una misma empresa, aunque con posterioridad se exploten parcialmente en forma fraccionada por las mismas personas que hoy figuran como dueñas o por otras distintas, Para este efecto, la Prefectura de Control de Cambios suministrará al Banco de la República, a las Casas de Moneda, y a las de Fundición y Ensayes, el dato respectivo.
La reanudación de trabajos en minas de aluvión de empresas que produjeron más de diez mil (10.000) onzas de oro en 1947, se regirá por el sistema a que quedan sometidas las minas de que trata el
del articula precedente.