Micelio

Artículo 2

Ley 46 de 1931 · SOBRE MONOPOLIO DE LA INDUSTRIA DE FÓSFOROS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las expropiaciones a que haya lugar para el establecimiento del monopolio de la industria de los fósforos que se decretan en esta Ley, deberán hacerse previamente, de acuerdo con la Constitución.

Dichas expropiaciones a los arreglos privados a que haya lugar, deberán ventilarse o celebrarse, según el caso, con los dueños de las fábricas, y si se trata de compañías anónimas, con quien represente por lo menos el sesenta y cinco por ciento (75 por 100) de las acciones suscritas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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