Articulo 1° Créase una Junta compuesta por el Presidente del concejo Municipal, por un representante de la Gobernación del Departamento de Antioquia y otro del Ministerio de Obras Públicas, encargada de la dirección y administración de las obras de pavimentación y arreglo de la plaza pública del Municipio mencionado. Los miembros de esta Junta prestarán sus servicios d-honórem.
Artículo 1
Créase Una Junta Compuesta Por El Presidente Del Concejo Municipal, Por Un Representante De La Gobernación Del Departamento De Antioquia Y Otro Del Ministerio De Obras Públicas, Encargada De La Dirección Y Administración De Las Obras De Pavimentación Y Arreglo De La Plaza Pública Del Municipio Mencionado
Decreto 418 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión de la partida apropiada en el Presupuesto vigente para auxiliar la pavimentación y arreglo de la plaza pública del Municipio de la Estrella, en el Departamento de Antioquia
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
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