Micelio

Artículo 109

Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 109. Desde el momento en que aparezca en el sumario un indicio grave respecto del delincuente, se le intimará á éste que esté presente en el lugar del juicio mientras termina el proceso; pero puede evitar su permanencia en el lugar del juicio, dando una fianza de diez pesos ($10) á doscientos pesos ($200) oro para obligarse á que se presentará cuando se le exija para la práctica de alguna diligencia en que deba intervenir personalmente. Dicha fianza se hará constar en el expediente, y copia legalizada de ella, con la atestación del empleado que conozca del sumario, de que se ha faltado á las obligaciones contraídas por parte del fiador, será documento suficiente para que se proceda ejecutivamente contra éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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