º. División Jurídica. Son funciones de la División Jurídica las siguientes
Expedir y autenticar copias de los documentos que reposan en el archivo del Fondo.
Tramitar y sustanciar los documentos provenientes de las organizaciones, entidades oficiales y particulares relacionadas con la ejecución de las actividades propias del Fondo.
Revisar los proyectos de resolución y demás documentos que deban someterse a la aprobación del Director General y los proyectos de acuerdo que adopte la Junta Directiva.
Refrendar los actos administrativos que expida el Director.
Revisar y tramitar en legal forma los proyectos de contrato que celebre el Fondo.
Efectuar el cobro persuasivo y judicial de la Cartera morosa a favor del Fondo.
Constituir apoderados judiciales para actuar en los procesos en que sea parte actora o demandada el Fondo.
Conceptuar jurídicamente en los casos en que la Junta Directiva y/o el Director General lo requiera.
Revisar los actos administrativos que deba firmar la Junta Directiva o el Director y conceptuar sobre la constitucionalidad, legalidad o inconveniencia de estos.
Sustanciar y tramitar proyectos de fallo a través de los cuales se decidan recursos interpuestos.
Absolver consultas sobre interpretación de leyes y demás normas que formulen los usuarios de los programas del Fondo.
Asesorar jurídicamente en la elaboración de pliegos y demás aspectos relacionados con las licitaciones y procesos de contratación que abra el Fondo.
Tramitar y formular recomendaciones relativas con reclamos que el Director General deba resolver y preparar las correspondientes respuestas.
Analizar, estudiar y sustanciar todos los aspectos de tipo jurídico que el Director General someta a su consideración.
Las demás funciones que le señale el Director General.