Micelio

Artículo 42

Decreto 18690731 de 1869 · En ejecución de los artículos 12, 13 y 15 de la lei de 2 de junio último "que reforma i adiciona las de bienes desamortizados"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 42. Las remesas en bonos flotantes, billetes de Tesorería i cualquiera otra clase de documentos que produzcan intereses, solo comprenderán el valor capital de tales documentos, pues los intereses que se liquiden a estos, son gastos definitivos cuya comprobación legal se hará ante la Oficina jeneral de Cuentas, con las respectivas órdenes de pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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